Año 2018, lugar, España. El debate que nos trae hasta aquí es una cuestión planteada por la Sociedad desde hace muchos años. La pregunta que más viene a la mente es ¿existe realmente una verdadera independencia en la actuación de los jueces? Ante esto, la respuesta es clara y concisa, debido a las numerosas interferencias del poder ejecutivo, poniendo de manifiesto la escasa profesionalidad e imparcialidad de los jueces.
De hecho, la ministra Dolores Delgado afirmaba que “se necesitan reformas mentales respecto de la figura del poder judicial”. Sin embargo, éstas no son las únicas declaraciones que se recogen hacia este poder, ya que el propio ex ministro de justicia Rafael Catalá dirigía unas palabras hacia el juez que formuló el voto particular en el caso “la manada”, citando expresamente “todos saben que este juez tiene algún problema singular”.
No obstante, considero que entrar a valorar dicho voto particular debería ser objeto de otro debate; si bien únicamente destacar el hecho de que miembros del poder ejecutivo puedan hablar tan vehementemente supone un ataque contra la independencia judicial. Tal establecimiento de opiniones públicas solo tiene una consecuencia inminente: la falta de respeto hacia la actuación de los jueces y magistrados.
La siguiente pregunta que me hago es en referencia a la elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial (en adelante, CGPJ). Ante esto, parece que el trabajo de campo sobre esta materia es bastante reducido. De hecho, son pocas las opiniones consolidadas dentro de la justicia, probablemente fruto del orden y de la pureza de no distorsión por parte del Poder Judicial ad intra.
Sin embargo, en contrapartida, sí existen muchas opiniones de expertos, ciudadanos, estudios, a nivel Europeo y en el marco internacional, todas ellas con un denominador común: situar a España, judicialmente hablando, en una situación bastante mejorable. Me decía un magistrado, cuando le preguntaba acerca del tema, que todo se resume en lo siguiente:“dentro de las asociaciones de Jueces a nivel europeo, se echan las manos a la cabeza con la situación de designación de nuestro órgano de gobierno, el cual es designado, en su mayoría, por los partidos políticos, lo que trae consigo que la independencia no sea total, ya que la designación de la mayoría de miembros debe llevarse a cabo por parte de jueces”.
Asimismo, es cierto que, tras los recientes casos en los que se critica la actuación del juez (en el reciente caso de “La manada” y en las declaraciones anteriormente recogidas), encontramos que las leyes no recogen todo lo estrictamente necesario para tener una aplicación mas justa o más acorde a los tipos delictivos de nuestra sociedad. Por ello, se exige tanto una reforma íntegra de distintas legislaciones especiales como lo más importante para la correcta labor de jueces y magistrados, esto es, que no existan presiones por parte del Gobierno o los distintos partidos políticos sobre el poder judicial.
Estas presiones se aprecian actualmente materializadas en la elección de los distintos representantes del CGPJ con el cambio de de Gobierno, un hecho que, sin lugar a dudas, desemboca en la inexistencia de estabilidad y de arbitrariedad en la actuación de dichos órganos de gobierno y representación.
Como humilde opositor de Judicatura, he de decir que llegar a juez no es un camino fácil. Exige de una oposición que somete a una gran presión y sin posibilidad de relajación. Además, los jueces no viven de rentas, se forman a diario en el estudio de cada caso, estudian jurisprudencia, consultan revistas especializadas, debaten con compañeros y acuden a todo tipo de cursos sobre su profesión, aspectos todos ellos que forman parte de su trabajo diario y de su carrera judicial.
En conclusión, lo que en ningún caso se puede permitir es que se pretendan “reformas mentales” o lavados de cerebro impuestos desde los poderes ejecutivo y legislativo con la única finalidad de mermar la independencia de los jueces y magistrados a la hora de resolver en Derecho cada asunto que se someta a su conocimiento, porque es en esa independencia donde radica la garantía de las libertades y derechos de los ciudadanos, sean víctimas o acusados.
Una vez desarrollada la línea más critica, he de decir que, a pesar de lo expuesto, nuestro sistema judicial también presenta algunas ventajas. Si lo comparamos a nivel internacional con otros sistemas judiciales, como, por ejemplo, el estadounidense, cabe decir que, en España, el modo de acceso al sistema judicial es mediante oposiciones, a diferencia de lo que ocurre en Estados Unidos, donde ser juez no requiere de concurso público. Asimismo, el órgano judicial español no es un órgano dependiente y jerarquizado al uso como puede ser el Ministerio Fiscal, y los jueces, en su ejercicio, son totalmente libres a la hora de determinar y apreciar conforme a derecho todas sus actuaciones, sin estar vinculados por su inmediatamente superior.
Como decía Sócrates, “cada uno de nosotros solo será justo en la medida de que haga lo que le corresponde” y eso es lo que entiendo deben hacer nuestros poderes, hacer lo que le corresponden y no injerirse en la actuación de los otros.
Así pues, el debate esta servido.