La irrupción de las nuevas tecnologías en los medios de comunicación ha traído a la realidad sociológica y a las formas de comunicación numerosas consecuencias, algunas buenas y otras no tan tanto.
En esa irrupción de las formas de comunicación, el elemento que más ha evolucionado es el soporte material, es decir, el canal por donde se distribuye el mensaje. Y en ese contexto han nacido los mass media y las redes sociales.
Ambos han multiplicado el efecto divulgador de las noticias, y ello ha derivado a la mercantilización de la profesión del periodista, lo que ha conllevado el nacimiento de diversos problemas no antes estudiados por la jurisprudencia española. Y, consecuencia directa de dicha proliferación, es la consolidación en los operadores de opinión de los juicios paralelos a los procedimientos penales, pero, ¿esto es una buena o una mala noticia?
Por un lado, nos encontramos con que la publicidad del procedimiento, además de ser esencial para el pleno desarrollo democrático de un país, es imperativo legal y constitucional. La publicidad que hoy en día se da a los procesos penales es una herramienta de calibre judicial, que hace que los españoles, hoy en día, pongamos a la Administración de Justicia entre los últimos problemas de España según datos oficiales.
Sin embargo, por otro lado, la proliferación de éstos puede estar dando lugar a otros daños colaterales que pueden afectar gravemente a diversos derechos fundamentales recogidos en la Carta Magna. Hablamos de honor, intimidad, propia imagen, juez imparcial y presunción de inocencia.
Todo humano es susceptible de ser portador de diversos sesgos cognitivos provocados por su entorno y vemos como los medios de comunicación, en especial esos juicios paralelos, polarizan los procedimientos penales, creando opinión pública, y en ocasiones no de manera muy veraz u objetiva.
Si dichos sesgos cognitivos los trasladamos al proceso, nos encontramos con una institución del Jurado que puede estar sesgada por las informaciones recibidas fuera del proceso, por unos testigos igualmente confusos a la hora de exponer el relato de los hechos, abogados cuyo trabajo es entorpecido por las filtraciones que se dan en los sumarios para rellenar estos juicios paralelos, etc.
Por lo tanto, nos encontramos en una paradoja. Por un lado, el aumento de la publicidad del proceso y el acercamiento a la sociedad refuerza el mandato constitucional y consolida el estado de derecho y, por otro, la misma publicidad sin control puede hacer vulnerar diversos derechos fundamentales, igualmente necesarios para la democracia.
Por lo tanto, ¿afectan los juicios paralelos al procedimiento penal? No tenemos una respuesta definida, así pues, el debate está servido